Preguntas Frecuentes
Si eres funcionario de Gran Tierra Energy Colombia Ltda o te encuentras en misión para Gran Tierra a través de Confipetrol o Acciones y Servicios, tienes la posibilidad de vincularte FONGRANTIERRA, realiza tu proceso de asociación a través de FGT DIGITAL el cual encontrarás en nuestra página www.FONGRANTIERRA.com; tu cuota de aporte puede ser entre el 4% y el 10% de tu salario básico mensual.
Tu asociación queda en firme con el pago de tu primer aporte por parte de la empresa que genera el vínculo de asociación.
Puedes retirar tus ahorros voluntarios en el momento que los requieras cumpliendo las condiciones establecidas en el reglamento Integral de Ahorros.
Los Ahorros permanentes los puedes compensar con cartera o solicitar desembolso de acuerdo con la antigüedad y en los porcentajes establecidos en el reglamento Integral de Ahorros, lo podrás hacer una vez al año.
Contar con la antigüedad requerida para cada modalidad de crédito establecida en FONGRANTIERRA, realizar la solicitud de crédito en FGT DIGITAL, adjuntar la documentación de acuerdo a la modalidad y cumplir con las demás condiciones establecidas en el Reglamento de Créditos.
Debes contar con una antigüedad mínima de 3 meses.
No, sólo puedes hacer este tipo de abonos en los ahorros voluntarios.
Cuando realizas un abono extra a un crédito, tienes la posibilidad de disminuir el tiempo de financiación lo cual representa disminución en el pago de los intereses ó disminuir el valor de la cuota mensual.
Es muy importante que remitas copia del soporte de abono, el formato de origen de fondos y nos notifiques como deseas aplicar este abono a tu cartera.
De acuerdo con nuestro Estatuto Social el Artículo 13 establece los siguientes derechos fundamentales de los asociados:
a) Utilizar o recibir los servicios que preste FONGRANTIERRA.
b) Participar en las actividades de FONGRANTIERRA y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
c) Ser informados de la gestión de FONGRANTIERRA de sus aspectos económicos y financieros y de lo relativo a sus servicios, por medio de comunicaciones periódicas oportunas y en las reuniones de asociados o Asambleas Generales.
d) Ejercer actos de decisión en las Asambleas Generales y de elección en condiciones que garanticen la igualdad de los asociados, sin consideración a sus aportes, en los eventos previstos por el Estatuto y conforme a los reglamentos.
e) Fiscalizar la gestión de FONGRANTIERRA en los términos y con los procedimientos que establezcan los reglamentos.
f) Retirarse voluntariamente de FONGRANTIERRA.
g) Recibir capacitación y ser informado sobre los requisitos que se requieren para ser miembro de la Junta Directiva, Comité de Control Social y los diferentes comités sociales en la forma que FONGRANTIERRA defina dentro de su plan de capacitación.
h) Evaluar la gestión de la Junta Directiva, Comité de Control Social y el Revisor Fiscal de acuerdo con los parámetros establecidos por FONGRANTIERRA.
i) Los demás que resulten del Estatuto y los reglamentos.
Parágrafo: El ejercicio de los derechos de los asociados estará condicionado al cumplimiento de los deberes y obligaciones, y que no se encuentren suspendidos conforme al régimen disciplinario.
De acuerdo con nuestro Estatuto Social el Artículo 14 establece los siguientes deberes fundamentales de los asociados:
a) Adquirir conocimientos sobre los objetivos, características y funcionamiento de los Fondos de Empleados en general y de FONGRANTIERRA en particular.
b) Comportarse con espíritu solidario frente a FONGRANTIERRA y a sus asociados.
c) Conocer y acatar las normas estatutarias y las decisiones tomadas por la Asamblea General y los órganos directivos y de control.
d) Cumplir oportunamente las obligaciones de carácter económico, de formación y demás derivadas de su asociación a FONGRANTIERRA.
e) Abstenerse de efectuar actos o incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de FONGRANTIERRA.
f) Usar adecuadamente los servicios de FONGRANTIERRA.
g) Desempeñar con diligencia y eficacia los cargos y comisiones que le hayan sido encomendados.
h) Participar en las actividades de FONGRANTIERRA y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales.
i) Aceptar y cumplir las determinaciones que las directivas de FONGRANTIERRA adopten conforme al estatuto y reglamentos.
j) Actualizar por lo menos una vez en el año los datos personales y demás información que le sea solicitado por FONGRANTIERRA e informar cualquier cambio que se generen sobre los mismos.
k) Los demás que le fijen la ley y el estatuto
- Ahorros Permanentes y Aportes.
- Codeudor.
- Prenda de vehículo.
- Hipoteca abierta en primer grado a favor de FONGRANTIERRA sin límite de cuantía.
- Aplican condiciones dependiendo del monto solicitado, antigüedad, estado en las centrales de información financiera, plazo en que se cubre el riesgo.